La OMS recomienda el acceso al aborto a través de telemedicina, además de la eliminación de las objeciones de conciencia para los médicos
El Centro pro-aborto para los derechos reproductivos lo tituló como la “guía más progresista hasta la fecha” de la OMS.
En particular, la guía recomienda “el uso de la telemedicina como una alternativa a interactuar en persona con el trabajador de la salud para facilitar medicamentos abortivos, ya sea en su totalidad o en parte”. Si bien esta recomendación es nueva, está en consonancia con las recomendaciones anteriores de la OMS de ampliar el grupo de proveedores que participan en abortos. Este plan trata de incluir enfermeras, parteras e incluso las propias pacientes, y promover el aborto como una forma de “cuidado personal”.
Al comienzo de la pandemia de COVID-19, la OMS incluyó la “atención integral del aborto” en su lista de “servicios de salud esenciales”, alentando a los gobiernos a ampliar el uso de la telemedicina para abortar y garantizar la disponibilidad de los medicamentos durante los confinamientos.
Esta guía ignora el hecho de que el aborto no es un derecho humano reconocido internacionalmente, a pesar de décadas de intentos fallidos de crear consenso en torno a la creación de tal derecho. En cambio, la guía se basa en gran medida en el trabajo de los órganos de supervisión de tratados y los relatores especiales que trabajan bajo la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos. La estrategia para introducir el aborto, como un derecho internacional de los derechos humanos, se intentó incluyendo opiniones de expertos a raíz de los acuerdos globales de los gobiernos que establecieron que el aborto no era un derecho y que su estado legal era determinado por cada país.
En su nueva guía, la OMS ha abandonado toda apariencia de adherirse a ese consenso, en cambio recomienda la despenalización total del aborto y además recomienda en contra de “leyes y otras regulaciones que restringen el aborto por distintos motivos”, instando a que esté “disponible a petición de la mujer, niña u otra persona embarazada”. También hace esta recomendación en contra de los límites de edad gestacional, que son comunes incluso en países donde el aborto temprano está disponible gratuitamente.
Se denuncian igualmente otras restricciones al aborto, como los plazos de espera, la exigencia del consentimiento del cónyuge o de los padres, la necesidad de autorización de cualquier tercero o la exigencia de una ecografía previa al aborto.
Con respecto a la objeción de conciencia por parte de los proveedores de atención médica, la guía recomienda que se restrinja para no imponer ninguna barrera para acceder al aborto, y agrega que si tales restricciones son imposibles, “la objeción de conciencia en la prestación del aborto puede volverse indefendible”.
A medida que la OMS continúa ampliando su grupo de posibles proveedores ligados al aborto, desde médicos hasta todos los niveles de profesionales de la medicina, también aumenta la cantidad de personas que buscan excepciones conscientes a la participación en el aborto. Esta guía también “sugiere” que los farmacéuticos y trabajadores de farmacia deberían ser incluidos entre los proveedores de servicios abortivos. La orientación anterior de la OMS se había postulado en contra de esta sugerencia.
La guía también menciona el hecho de que los medicamentos que inducen el aborto se trasladaron a la lista de medicamentos esenciales “básicos” de la OMS en 2019, y se eliminó el requisito previo de “supervisión médica estrecha”. Recomienda que estos medicamentos también se incluyan en las listas nacionales de medicamentos esenciales.
Esta guía, que actualiza las recomendaciones anteriores de la OMS sobre el “aborto seguro” de 2012, marca un paso más de la agencia de salud mundial que se aleja del consenso internacional y la responsabilidad que conlleva, a favor de alinearse con expertos independientes que durante décadas han ignoraron los límites de sus mandatos.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]